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Uber recibe una multa de 825 millones: un algoritmo suspendía conductores

|Autor: Equipo editorial de QUASA|5 lectura mínima| 9
Uber recibe una multa de 825 millones: un algoritmo suspendía conductores

La autoridad neerlandesa de protección de datos impuso el 21 de agosto de 2026 una multa de 824.990.000 euros —825 millones en cifras redondeadas— a Uber B.V. y Uber Technologies Inc. por desactivar cuentas de conductores mediante decisiones automatizadas. La comunicación oficial de la CNIL, que cooperó en el procedimiento, vincula la sanción con bloqueos temporales y permanentes sin intervención humana y con su efecto sobre la posibilidad de realizar viajes y obtener ingresos.

Uber rechaza tanto las conclusiones como la cuantía y presentará un recurso, por lo que la sanción todavía puede ser revisada. La versión de Uber recogida por Associated Press sostiene que la autoridad examinó políticas históricas abandonadas hace años y que las prácticas actuales incluyen revisión humana, salvaguardas y oportunidades de apelación.

Qué decisiones llevaron al bloqueo de las cuentas

Un conductor no puede aceptar viajes después de que el sistema de Uber bloquee temporalmente su cuenta.

El expediente distingue entre alertar sobre un posible fraude y ejecutar la desactivación de una cuenta. Los sistemas podían aplicar bloqueos temporales cuando detectaban conductas consideradas sospechosas, como desvíos supuestamente innecesarios para aumentar la tarifa o la aceptación de viajes sin intención de completarlos. Las valoraciones bajas de los usuarios podían desembocar en suspensiones temporales o definitivas.

La reconstrucción de Reuters sitúa los incidentes europeos examinados entre 2020 y 2022, recoge la negativa de Uber a haber desactivado permanentemente cuentas por fraude sin revisión humana y señala que la sanción sería la segunda mayor impuesta hasta entonces bajo el RGPD. El procedimiento fue tramitado en Países Bajos porque allí se encuentra el principal establecimiento europeo de la compañía.

Las publicaciones disponibles no delimitan el periodo de la misma manera: la información atribuida a la autoridad por Associated Press abarca infracciones entre 2018 y 2022, mientras que Reuters sitúa los incidentes analizados entre 2020 y 2022. Sin la resolución íntegra no puede determinarse si una fecha describe la vigencia de las políticas y la otra los casos concretos incluidos en el expediente.

La diferencia entre suspensión temporal y permanente afecta a la intensidad y duración del perjuicio, pero no elimina el impacto de un bloqueo breve. Mientras la cuenta permanece inactiva, el conductor no puede aceptar servicios ni generar ingresos mediante la plataforma. Para valorar su gravedad importan la duración efectiva, las posibilidades de recuperar el acceso y la dependencia económica del trabajo canalizado por la aplicación.

Dónde pone el RGPD el límite a la automatización

Una revisión humana evalúa las pruebas y puede cambiar una desactivación propuesta por el sistema de Uber.

El artículo 22 del RGPD no impide usar programas para detectar anomalías, clasificar alertas o seleccionar casos que requieren comprobación. El límite aparece cuando una persona queda sometida a una decisión basada únicamente en tratamiento automatizado que produce efectos jurídicos o la afecta de manera similarmente significativa. Bloquear el acceso de un conductor a la actividad con la que obtiene ingresos puede alcanzar ese umbral.

El reglamento contempla excepciones cuando la decisión resulta necesaria para un contrato, está autorizada por una norma o se basa en consentimiento explícito. Incluso entonces exige salvaguardas adecuadas, entre ellas la posibilidad de obtener intervención humana, expresar el propio punto de vista e impugnar el resultado. Detectar automáticamente una señal de fraude y decidir automáticamente una exclusión de gran impacto son, por tanto, operaciones distintas.

Una revisión humana significativa requiere más que la presencia nominal de una persona en el flujo. El revisor debe estudiar el caso concreto, considerar la información pertinente y tener autoridad real para confirmar, modificar o revocar el resultado. Introducir datos, comprobar que el sistema terminó el proceso o validar rutinariamente su recomendación no convierte por sí solo una decisión automatizada en una decisión humana.

Este es uno de los principales desacuerdos del caso. La resolución sancionadora considera que determinadas desactivaciones temporales y permanentes se produjeron sin intervención humana. Uber admite la existencia de suspensiones breves, pero niega que sus sistemas adoptaran por sí solos decisiones de desactivación permanente sin una revisión humana.

Por qué informar no equivale a permitir una apelación

La sanción reúne dos obligaciones diferentes. Una protege frente a determinadas decisiones exclusivamente automatizadas; la otra exige informar de la existencia de ese tratamiento y facilitar información relevante sobre su funcionamiento. Ofrecer un canal de reclamación posterior puede ser una salvaguarda, pero no sustituye automáticamente la transparencia previa o simultánea.

La información permite al conductor saber que el bloqueo procede de un proceso automatizado, entender qué clase de factores influyeron y preparar una impugnación útil. La intervención humana se refiere, en cambio, a quién evalúa el caso y a su capacidad para alterar el resultado. Puede existir un botón de apelación y seguir faltando una explicación suficiente o una revisión efectiva.

También importa el momento en que interviene la persona. Si el sistema ya ha determinado un bloqueo de gran impacto, una comprobación puramente formal no corrige la falta de control humano en la decisión inicial. Una revisión posterior puede ser una salvaguarda real si examina las circunstancias individuales y permite cambiar el resultado, pero su mera disponibilidad no demuestra que sea significativa.

Qué deberá aclarar la apelación de Uber

Uber lleva a apelación la multa neerlandesa de 825 millones de euros por desactivaciones automatizadas.

El recurso tendrá que resolver primero una controversia factual: qué bloqueos fueron completamente automáticos, cuáles pasaron por una persona y qué capacidad tenía esa persona para modificar el desenlace. También deberá determinar si la información ofrecida a los conductores permitía comprender el carácter automatizado de la decisión y cuestionarla con argumentos concretos.

La disputa no gira en torno a si Uber puede utilizar herramientas automáticas contra el fraude. El punto jurídico es si el paso desde una señal generada por el sistema hasta la pérdida de acceso a la plataforma respetó los requisitos de transparencia, control humano y posibilidad efectiva de impugnación.

La sanción está impuesta, pero su desenlace permanece abierto. La apelación puede confirmarla, reducirla o anularla y deberá precisar si las revisiones alegadas por Uber influyeron realmente en los resultados o se producían después de que el bloqueo ya estuviera decidido.

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